Santiago, 09/01/2026.- Superintendencia de Pensiones.
Desde el 1 de enero de 2026, el nuevo tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema de pensiones, de salud y de ley de accidentes del trabajo será de 89,9 Unidades de Fomento (UF), es decir, subirá 2,1 UF respecto del valor actual de 87,8 UF. Esto de acuerdo con lo instruido por la Superintendencia de Pensiones (SP) el viernes 9 de enero del presente año.
Asimismo, el regulador instruyó un aumento en el tope imponible mensual para calcular las cotizaciones del seguro de cesantía, que desde el 1 de enero de 2026 quedará en 135,1 Unidades de Fomento (UF), esto es, 3,3 UF más que el valor actual de 131,8 UF.
Los topes imponibles se deben aplicar a partir del pago de las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones de enero de 2026. Estas cotizaciones deben pagarse hasta el 10 de febrero de este año, plazo que se extiende hasta el 13 del mismo mes si la operación se realiza a través de medios electrónicos.
Según los datos de la Superintendencia de Pensiones, a noviembre de 2025 por remuneraciones devengadas de octubre del mismo año, 407.861 personas cotizaron en el sistema de pensiones por el tope imponible, lo que representa un 6,97% del total de cotizantes.
Respecto del seguro de cesantía, en el mismo período, un total de 133.543 personas cotizaron por el tope imponible, equivalente al 2,62% del total de cotizantes del seguro.
¿Cuándo se reajustan los topes imponibles?
La legislación vigente establece que los topes imponibles deben reajustarse anualmente cuando el índice de remuneraciones reales que informa el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) registra variaciones positivas entre noviembre del año anteprecedente y noviembre del año precedente respecto del año en que comenzarán a aplicarse. Si la variación es negativa, los valores deben mantenerse. Esto se encuentra regulado en el artículo 16 del Decreto Ley N° 3.500, de 1980, y en el artículo 6° de la Ley N° 19.728 que establece el Seguro de Desempleo.
Dado lo anterior, para el reajuste de los topes imponibles que regirán en 2026 corresponde utilizar la variación del índice de remuneraciones reales observada entre noviembre de 2024 y noviembre de 2025, la que, según lo informado por el INE el miércoles 7 de enero de 2026, fue 2,4%.
Dicha variación, sin embargo, tiene un carácter provisional y será actualizada en febrero próximo, quedando en ese momento como definitiva, de acuerdo con lo que establece la Política de Rectificación de Cifras de la Encuesta Mensual de Remuneraciones y Costo de la Mano de Obra del INE, vigente desde noviembre de 2018.